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Buenas tardes,soy cliente de ING DIRECT y a mediados del pasado mes de junio contraté un PLAN DE PENSIONES 2030, pero aportando una cantidad mínima que fué de 125euros. El tema es que en ningún momento fueron serios, ni dieron un mínimo de información, por éso me tiré a la piscina con toda la ignorancia del mundo. Sé que es culpa mía, porque yo pensé que era otra manera de ahorrar con alta rentabilidad, que éso es lo que explicaban mínimamente en su web.He intentado varias veces rescatar ésa poca cantidad de dinero y me dicen que es imposible, porque mis circunstancias actuales no son las adecuadas para ello. Así que se supone que tendré que esperar a cumplir con alguna de las condiciones que me piden para poder recuperarlo. No sé si podrán auydarme con ésto. A mí me parece una chorrada de tal calibre que yo no pueda recuperar ésta cantidad tan pequeña, que no sé qué hacer con ellos. ¿Podrían ayudarme?Saludos, Beatriz
Los planes de pensiones son productos financieros ilíquidos, lo que quiere decir que usted, como partícipe, no puede disponer libremente de las cantidades aportadas, por muy bajas que, como en su caso, sean.

El partícipe solamente puede recibir sus derechos consolidados a través de las prestaciones del plan, llegado el momento de la jubilación (en su caso, y por el tipo de plan contratado, ese momento llegará alrededor de 2030). A cambio, esta iliquidez, ligada a su finalidad (ahorro para completar la pensión pública), tiene, como contrapartida, una beneficiosa fiscalidad.

Sí hay dos supuestos que, como le habrán informado, en los que puede liquidar el plan, en su totalidad o en parte: la enfermedad grave o el desempleo de largaduración, siempre que lo contemplen las especificaciones del plan y con las condiciones y limitaciones que estas establezcan.

Sin embargo, en el horizonte hay novedades si prospera la reforma fiscal que cuenta ya con el vistobueno del Gobierno de Mariano Rajoy y que está siendo analizada ahora en el Parlamento. Según el Proyecto de Ley, las aportaciones (derechos consolidados y rendimientos) con más de diez años de antigüedad podrán ser rescatadas… a partir de 2025.

Esperamos, sinceramente, que llegado el caso se pueda beneficiar de esta última opción, si prospera, que de las posibilidades de liquidez que, hasta ahora, contempla la legislación.

Por último, queremos hacerle dos recomendaciones. La primera es GASPAR, la web habilitada por la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones como guía para el asegurado y el partícipe. Y la segunda es que en la contratación de seguros y fondos de pensiones recurra a su mediador de seguros (agente o corredor), profesional que le asesorará convenientemente sobre pros y contras de cada uno de los productos.

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