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Luces y sombras de la propuesta de reforma del Baremo de Autos
La reforma del Baremo de Autos es uno de los proyectos que mayor impacto tendrán en el sector asegurador. Tras mucho esperar, el pasado 22 de mayo la Comisión de Expertos presentó a la DGSFP su propuesta para la renovación del sistema. Según diferentes estimaciones, el nuevo Baremo traerá consigo un aumento medio de las indemnizaciones por daños corporales de entre el 10% y el 15,5% debido fundamentalmente a la revisión al alza de las cuantías que reciben los lesionados graves. Desde algunos ámbitos se asegura que el deseo de las aseguradoras era que el aumento de las indemnizaciones no sobrepasará el 9%, mientras que las víctimas defendían un incremento del 20%. No obstante, hay que tener en cuenta que tanto en vía administrativa como parlamentaria todavía pueden introducirse cambios en el texto. 

¿Qué modifica la propuesta?

La reforma del Baremo de Autos básicamente mejora mucho las indemnizaciones a los grandes lesionados y a las familias de los fallecidos, mientras que en el caso de las lesiones menores se mantienen, en general, como hasta ahora. Entre los cambios más importantes: se reconoce a las amas de casa la valoración económica; se da un valor económico a las víctimas no incorporadas al mercado laboral; se regulan en grandes lesionados los gastos futuros para ciertas secuelas, y se fija una ayuda para la sanidad pública y para otros gastos que puedan requerir las víctimas.

En el primer caso, se prevé para las amas de casa una indemnización de al menos el Salario Mínimo Interprofesional (SMI), con la posibilidad de recibir un 10% más por cada persona dependiente de ellas. Para las víctimas que no se habían incorporado al mercado laboral se fija una valoración de 1,5 veces el SMI, aunque podrían recibir un 20% más si estaban acabando su formación. 

Respecto a los gastos futuros de los grandes lesionados, se produce una modificación también significativa. Hasta ahora los gastos sólo cubrían hasta la fecha de alta o la estabilización de las secuelas, mientras que en la reforma se propone ir más allá y seguir ofreciendo una ayuda para otros gastos, como la compra de sillas de ruedas, prótesis o en la rehabilitación. En este ámbito hay también novedades que afectarán directamente a las aseguradoras ya que se incorporan nuevos gastos a los que tendrán que hacer frente. Entre ellos, se propone que paguen todas las prótesis que necesite la víctima con un máximo de 50.000 euros por prótesis. Ahora sólo cubren la primera.

Daño moral y daño patrimonial

El nuevo Baremo introduce, además, la diferenciación entre daño moral y daño patrimonial. Se proponen unas tablas generales que cuantifican este último en función de los ingresos, la edad de la víctima y las lesiones sufridas. También se incrementa la ayuda de tercera persona hasta los 1,2 millones de euros para un lesionado muy joven frente al límite actual de 380.000 euros.

Hay otras muchas más cosas a tener en cuenta del nuevo Baremo, como las categorías de perjudicados que reconoce en caso de fallecimiento, que son cinco: cónyuge viudo, ascendientes, descendientes, hermanos y allegados. En este último caso, hay que tener en cuenta que se hace referencia a las personas que hubieran convivido familiarmente con la víctima durante un mínimo de 5 años inmediatamente anteriores al fallecimiento. Aparte de estas categorías, también tiene la condición de perjudicado quien, “de hecho y de forma continuada, ejerce las funciones que por incumplimiento o inexistencia no ejerce la persona perteneciente a una categoría concreta o asume su posición”. Es decir, se darán compensaciones, por ejemplo, a los nietos a cargo de abuelos que fallezcan en siniestros de tráfico, a parejas de hecho a familiares de segundo o tercer grado.

Las discrepancias  

Los cambios propuestos han suscitado un amplio consenso entre las partes implicadas en la negociación. En concreto, ha logrado el respaldo en más del 90% del contenido. En ese 10% que ha suscitado discrepancias se encuentran asuntos como, por ejemplo, la valoración de las secuelas psiquiátricas y de daño cerebral o la redacción del latigazo cervical porque se dice que las secuelas suelen ser excepcionales, asunto este último en el que las víctimas no están de acuerdo aunque sí que consideran adecuado que se valore siempre la intensidad de la colisión. 

Otro punto que genera polémica es la forma de cobrar las indemnizaciones a través de rentas vitalicias. En este último caso, se plantean tres opciones, que la renta sea constante año a año, creciente al 2% anual o que se vincule a la evolución anual del IPC. Unespa preferiría cualquiera de las dos primeras, mientras que la opción ideal de las víctimas sería la tercera.   

Algunas asociaciones de víctimas, además, consideran que se trata injustamente a las víctimas cuantitativamente mayores, a las que, según critican, se les recortan derechos o se les complica un resarcimiento justo. Según algunos cálculos aparecidos en la prensa, en el caso de la propuesta de indemnización en caso de muerte, el cónyuge tendría derecho a una indemnización de 105.000 euros si la víctima tiene menos de 67 años y convivían desde hacía 30 años. Esta compensación es un 9% inferior a la que está fijada actualmente. 
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