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Tomás Rivera, Presidente de Fecor


“La principal característica de la Carta de Condiciones de Fecor es su claridad”

En diciembre del año pasado, la Federación de Organizaciones Profesionales de Corredores y Corredurías de Seguros de España (Fecor) presentaba a las compañías que integran su Grupo de Apoyo una Carta de Condiciones. A partir de entonces, la Federación ha iniciado los contactos para que sea firmada por las diferentes entidades. “Tengo que decir, alto y claro, que las aseguradoras han reaccionado con gran interés, como lo demostró la asistencia masiva al acto de presentación y la actitud de colaboración de todas aquellas con las que hemos negociado directamente”, explica su presidente Tomás Rivera. La respuesta de las compañías, a su juicio,  “demuestra que el sector asegurador está plagado de seriedad y sensatez a la hora de abordar mejoras en su funcionamiento”.

¿Por qué considera que es necesaria una Carta de Condiciones de Fecor?

Las cartas de condiciones que circulan con carácter general por el mercado están confeccionadas por las propias compañías y, en ocasiones, tienen más la configuración de un contrato de agencia afecta que de una verdadera carta de condiciones que la aseguradora otorga a un profesional independiente como es el corredor de seguros. Por ello, en el ‘Plan 14+’ que el Pleno de Fecor se marcó como base de trabajo para 2014-2016 ya establecimos el proyecto de Carta de Condiciones para miembros de Fecor como uno de los prioritarios.

Y es que en Fecor siempre hemos estado convencidos de la necesidad de que las cartas de condiciones estén consensuadas por ambas partes, aseguradora y corredor, para que los intereses de uno y otro estén adecuadamente protegidos. Nuestra misión, como Federación de Asociaciones de Corredores y Corredurías, es proteger los de nuestros corredores y a ello nos hemos aplicado con firmeza en este proyecto. Lo deseable sería que existiera un modelo común a nivel sectorial, algo que no es descartable pero que requiere tiempo. Mientras tanto, hemos considerado que los miembros de Fecor han de tener sus intereses protegidos, como antes indiqué, ante las aseguradoras. Por ello, con la colaboración de los miembros de nuestro pleno, después de varios meses de trabajo y consenso, elaboramos un modelo de carta de condiciones que fue presentado a todas las aseguradoras de nuestro Grupo de Apoyo el 10 de diciembre de 2014.

A partir de la presentación, ya en 2015, iniciamos el proceso de negociación compañía por compañía. En la actualidad ya tenemos firmado el acuerdo-marco con Markel, Asefa y Metlife. Hay otro grupo de seis compañías con el que la firma es inminente y un tercer grupo con el que las negociaciones están en curso y progresan adecuadamente.

¿Qué modificaciones incorpora respecto a las que ya tenían, bien a nivel individual o asociativo, los miembros de FECOR?

A modo de resumen, detallaré los puntos más importantes que nuestra carta de condiciones recoge, independientemente de la lógica exposición de motivos, las estipulaciones generales, el marco regulador y las autorizaciones mutuas para actuar en determinados terrenos.

En primer lugar, el tratamiento de los cambios de mediador, que reflejan claramente la postura de Fecor (consensuada en su momento con ADECOSE y E2000 Asociación) sobre la forma de operar cuando se produzcan.

Después, los efectos de la tenencia del recibo de prima y su gestión de cobro, donde se reconoce la operativa prevista en el punto 4 del artículo 26 de la Ley 26/2006 de Mediación de Seguros y Reaseguros Privados.

También los derechos de cartera, que clarifican y protegen los derechos económicos del corredor/correduría sobre las pólizas de su cartera que continúen en vigor aunque se hubiere extinguido la relación mercantil del corredor/correduría con la aseguradora. El tratamiento de corretajes de productos antiguos que dejen de comercializarse, defendiendo los intereses del mediador para mantener la remuneración pactada aunque el producto ya no se comercialice en nueva producción.

La conectividad con EIAC, para que la compañía facilite al corredor y correduría la utilización e intercambio de información a través de los estándares EIAC en los casos en que este sea el sistema elegido por el mediador.

Y, por  último, la aplicación de sistemas alternativos de resolución de conflictos, facilitando que las partes puedan someter sus divergencias voluntariamente a decisión arbitral en los términos del artículo 57 del texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2007 de 16 de noviembre.

¿Cómo ha influido en la redacción del documento la actual situación del mercado?

Precisamente fue la situación actual del mercado la que nos llevó a reflexionar sobre la necesidad de clarificar al máximo las relaciones contractuales entre aseguradora y mediador. Los cambios de posición mediadora, o nombramientos de mediador, son un ejemplo palpable de la necesidad de conseguir la unificación de criterios en su tratamiento.

En la pregunta anterior se encuentra buena parte de la respuesta a la presente. Sin duda, todos los puntos mencionados están de plena actualidad y es necesario poner negro sobre blanco como actuar en cada caso, tanto por el bien de los corredores como por el de las compañías.

¿Cuáles son las principales características de esta Carta de Condiciones y, de ellas, cuál es, a su juicio, la más importante?

A riesgo de parecer reiterativo, los cambios de posición mediadora, los derechos de cartera, la conectividad con EIAC y los efectos de la tenencia de recibos de prima y su gestión de cobro por el mediador. Si he de destacar alguna de ellas, me inclino por lo claro que queda cómo actuar cuando se produce un cambio de mediador. Entre otras cosas porque es un punto consensuado entre las principales asociaciones representativas de los corredores que no deja lugar a dudas.

La principal característica de nuestra carta es su claridad. Está perfectamente indexada, es de fácil lectura y permite rápidamente la localización de los puntos críticos. Este es un punto fuerte de nuestra carta y está ayudando mucho en el proceso de negociación con las aseguradoras.

¿Qué importancia tiene la ética profesional en las condiciones que han redactado?

Como ya pusimos de manifiesto en la presentación a las aseguradoras, esta carta de condiciones "no nace contra nadie" sino a favor de las partes cuya relación regula. Como es lógico, tratamos de proteger nuestros intereses desde la más profunda ética profesional para defender, también de forma directa, los de la parte más importante del contrato de seguro, aquella de la que todos, aseguradoras y mediadores, vivimos: EL CLIENTE.

¿Qué aporta esta Carta de Condiciones a la relación entre corredores y compañías? ¿Cómo argumentaría los beneficios que aporta suscribirla?

Creo que en respuestas anteriores queda clara la aportación de la Carta de Condiciones de Fecor pero, si tuviera que resumirla en una sola palabra, me quedaría con CLARIDAD.

A partir de aquí y después de todo lo dicho, los beneficios de suscribirla para nuestros corredores están fuera de toda duda.

"Tendremos la cintura necesaria para llegar a puntos de acuerdos individuales”, comentó en la presentación de la Carta de Condiciones. ¿Cuáles son los cambios, los matices, que están proponiendo las entidades?

Parece lógico que en toda negociación deba existir cierta empatía entre las partes. Hasta ahora, los cambios que nos están proponiendo no afectan a temas troncales,  son perfectamente asumibles y se refieren, en su gran mayoría, a las cláusulas que regulan la publicidad y el uso de logos de las aseguradoras por parte de los corredores o la relativa a la Ley de Protección de Datos. En estos puntos, cada aseguradora tiene su propia normativa interna y estamos adaptando sin problemas la redacción de estas cláusulas.

Por ello, puedo afirmar que tanto Fecor como las aseguradoras estamos aportando esa "cintura necesaria" que anuncié para llegar a un acuerdo en un proyecto tan importante.

DESTACAMOS

“Lo deseable sería que existiera un modelo común de carta de condiciones a nivel sectorial, algo que no es descartable pero que requiere tiempo”

“Hasta ahora, los cambios que nos están proponiendo no afectan a temas troncales,  son perfectamente asumibles”

“El sector asegurador está plagado de seriedad y sensatez a la hora de abordar mejoras en su funcionamiento”

“Esta carta de condiciones ‘no nace contra nadie’ sino a favor de las partes cuya relación regula”

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