Diccionario de Seguros

Deber de salvamento

El «deber de salvamento» es una obligación determinada en el contrato de seguro, por la cual el asegurado deberá actuar de forma eficaz para disminuir la envergadura de los daños provocados por un siniestro. El deber de salvamento empieza cuando el asegurado se entera de que se produjo el siniestro, y se prolonga durante el tiempo necesario para aminorar los daños. Si el asegurado no cumple este deber, la aseguradora está en derecho de reducir la indemnización que corresponda con los daños causados a consecuencia de la desatención del asegurado.