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Las nuevas relaciones laborales, un cambio cultural en las empresas
Son diversas las causas que en estos últimos años han propiciado el desarrollo de nuevas fórmulas de organización del trabajo. Los efectos de la crisis económica, la incorporación de los avances tecnológicos a la vida diaria o la necesidad de la conciliación laboral y familiar, están provocando paulatinamente un cambio cultural en las empresas españolas que están descubriendo las ventajas del teletrabajo, la flexibilidad horaria o los contratos por proyectos, beneficios no solo para el trabajador, sino para la propia empresa que ve como aumenta la creatividad y productividad de sus empleados al tiempo que disminuyen los costes salariales. 


Según datos del INE, en España cerca de un 27% de las empresas cuenta ya con programas de teletrabajo u horarios flexibles. Sin embargo, a pesar de esta tendencia creciente, esta cifra se encuentra todavía muy por detrás de la de países líderes en esta fórmula como Estados Unidos, donde teletrabajan más de 10 millones de personas, y por debajo de la media Europea que se sitúa en el 35%, llegando al 56% en las empresas con más de diez empleados. La diferencia es todavía mayor si atendemos a los resultados de las estadísticas de la Oficina Europea de Estadística (Eurostat), que revelan que sólo un 7,5% de trabajadores españoles declara trabajar habitualmente o de forma ocasional desde el propio domicilio, mientras que en el Reino Unido este porcentaje es del 24,1% y en Alemania del 11%.


 
Teletrabajo, un cambio cultural

 

 La principal causa del lento avance hacia este nuevo modelo laboral se justifica por el hecho de que supone un cambio cultural y de mentalidad, tanto en las empresas como en los trabajadores. El Libro Blanco del Teletrabajo en España (Junio 2012), llevado a cabo por la fundación MásFamilia, lo define como “una modalidad de trabajo de carácter no presencial basado en una orientación a la consecución de resultados y habitualmente apoyado en las tecnologías de la información, que posibilitan que los empleados puedan realizar toda o parte de su jornada desde su domicilio particular u otras ubicaciones alternativas al propio puesto de trabajo”. Esta modalidad fue regulada por primera vez en España, en el Real Decreto-Ley 3/2012 de 10 de febrero, de medidas urgentes para la reforma laboral, mediante una nueva redacción del artículo 13 del Estatuto de los Trabajadores que otorga ya un marco jurídico al trabajo a distancia.


No obstante, la principal barrera para su desarrollo es el miedo de las empresas a perder el control sobre sus empleados. A ello se le unen las deficiencias tecnológicas y en los sistemas de comunicación, la inexistencia de un sistema de gestión por objetivos o por proyectos, el desconocimiento del marco laboral actual y otras razones relacionadas con el temor a perjudicar la seguridad y confidencialidad de los datos de la empresa.


Por otro lado, para los trabajadores es también muy difícil realizar un cambio de mentalidad en su manera de enfrentarse al trabajo que les lleve a mantener altos niveles de autodisciplina y a adaptarse a las distintas intensidades, aprendiendo a organizar su trabajo y su tiempo, estableciendo una rutina diaria que aporte estabilidad a este proceso y evitando acortar o alargar la jornada laboral más allá de lo que sea necesario. Además, es posible que el empleado pueda tener la sensación de sentirse aislado o fuera de juego.


 
Aumento de la productividad 

 

Sin embargo, una vez superadas estas barreras, los beneficios son innegables. Según el INE, la productividad de los empleados que trabajan a distancia aumenta entre un 5% y un 25%. En este sentido, este tipo de organización permite crear en las empresas comunidades multiculturales y más diversas y desarrollar equipos colaborativos en entornos virtuales que aumenten la riqueza de las aportaciones a cada proyecto, establecer una dirección por objetivos que logre un mayor compromiso del empleado, evitar preocupaciones y medidas de control sobre el absentismo, reducir gastos de desplazamientos y dietas y evitar muchos accidentes laborales, especialmente los in itinere.


 También para los trabajadores son numerosas sus ventajas. Indudablemente, la conciliación de la vida personal, familiar y laboral es una de las principales. Ligados a ella están otros beneficios como el aumento de la motivación y satisfacción en el trabajo, una mayor estabilidad profesional, la mejora de la salud laboral y la estabilidad emocional, mayor disponibilidad de tiempo y mayor y mejor calidad de vida.


 En definitiva, toda la sociedad se ve beneficiada gracias a una distribución geográfica más equitativa, a una menor movilidad y a la disminución del éxodo rural. Lo que es fundamental a la hora de regular el trabajo a distancia es que se equiparen los derechos del trabajador con los del resto de los empleados en cuanto a retribución, formación, promoción, prevención de riesgos, y derechos de representación colectiva.


 
Tecnología

 

 Los avances tecnológicos han sido una pieza fundamental para el desarrollo del teletrabajo, posibilitando el uso de infraestructuras cada vez más sencillas. Al PC y al ordenador portátil se le unen hoy los smartphones y las tablets, que permiten altos niveles de conectividad en cualquier lugar y en cualquier momento, siendo herramientas, además, de gran usabilidad y al alcance de todos.


 Sin embargo, para que se establezcan las mejores condiciones, las empresas deben facilitar el acceso virtual a la información, así como los métodos y canales de conexión para desarrollar sistemas de teletrabajo ágiles y cómodos tanto para la compañía como para el trabajador. Entre estos destacan las salas y la tecnología para audio y vídeoconferencias que posibiliten el desarrollo de reuniones virtuales, intranets y espacios de colaboración online o portales de gestión del conocimiento


 
El teletrabajo en el sector de los seguros 

 

En el sector asegurador, el pasado mes de febrero tuvo lugar la firma de una declaración conjunta sobre teletrabajo por parte de diversos organismos internacionales, entre ellos Insurance Europe y AMICE, como organizaciones empresariales; BIPAR, como organización de la mediación, y UNI Global Union, que integra a más de 20 millones de trabajadores de más de 900 sindicatos. Dicho manifiesto, que parte del acuerdo europeo marco firmado por los agentes sociales en 2002, tiene en cuenta las particularidades del teletrabajo en el sector de los seguros actualmente y apuesta por impulsarlo en aras de una mejora de los resultados. La declaración afecta a los empleados que trabajan a distancia de manera regular, así como a los comerciales y peritos en los países que carecen de legislación específica o de convenios colectivos sobre esta materia.


 En el documento se apuesta porque el teletrabajo sea una medida voluntaria, con unas condiciones acordadas por los interlocutores sociales en el ámbito de la empresa que es responsable de proporcionar los medios y equipos adecuados para el trabajador. Además, se subraya que los teletrabajadores deben tener los mismos derechos colectivos, formativos y de representación que el resto de trabajadores y se destacan como principal ventaja para los empleadores, el aumento de la productividad gracias a la mayor motivación y satisfacción de los trabajadores, ya que estos gozan de una mayor flexibilidad en el trabajo y ahorran tiempo, dinero y estrés debido a la disminución de los desplazamientos.
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