Actualidad

Actualidad|
¿Hacia los seguros obligatorios para patinetes y vehículos de movilidad personal?
¿Deben instaurarse los seguros obligatorios para patinetes? Analizamos la situación regulatoria actual de circulación de los VMP.
Tras conocer la primera muerte por el atropello de una persona por un patinete eléctrico, una anciana de 92 años embestida cuando caminaba por la acera en Esplugues de Llobregat (Barcelona), se ha disparado la polémica sobre si deben exigirse seguros a este tipo de vehículos de movilidad personal.

Lo primero que hay que decir es que nos encontramos ante cierto vacío legal. La Dirección General de Tráfico (DGT) reconocía en 2016 que no existía una “una normativa específica” sobre los patinetes y el resto de vehículos de movilidad personal (VMP) y se limitaba a “proponer” una serie de criterios, tras recordar que no pueden ser entendidos técnicamente ni como peatones ni como vehículos a motor.

 

Tipos de vehículos de movilidad personal


Tipos de vehículos de movilidad personal

Fuente: Dirección General de Tráfico y elaboración propia


 

Al no ser considerados vehículos a motor, hasta que no se regule definitivamente, no cabe exigir al usuario permiso o licencia de conducción, sin perjuicio de las exigencias técnicas o de otro tipo que los ayuntamientos, a través de ordenanzas municipales, puedan fijar para autorizar el uso de los vehículos de movilidad personal en las vías de su competencia.

Exactamente igual pasa con el seguro: no es obligatorio. En esta instrucción de 2016, la DGT remarcaba que, como señala el artículo primero del Real Decreto 1507/2008, de 12 de septiembre, “el aseguramiento obligatorio de los vehículos en su circulación solo tiene lugar cuando estos tienen la consideración de vehículos de motor”.

Claro, que tampoco sería fácil establecer seguros obligatorios para los VMP, ya que, como recuerdan fuentes de UNESPA, para que un vehículo pueda contar con cobertura debería ser identificable (por ejemplo, los coches lo son por su número de bastidor), figurar en un registro estatal (la matrícula que va asociada al número de bastidor) y pasar unas medidas de control técnicas, entre otros requisitos.

Situación actual de los seguros para los VMP


Por lo tanto, ¿en qué situación quedan los seguros de vehículos de movilidad personal? “El usuario o propietario del VMP podrá voluntariamente contratar un seguro en los términos establecidos en la legislación general de seguros o, deberá contratarlo en los casos en los que, para su utilización en vía urbana, la autoridad local lo establezca”, señalaba entonces la DGT.

Ahora, tras el primer fallecimiento, la DGT ha anunciado que trabaja en una propuesta para modificar la Ley de Tráfico y aprovechará así el para regular los vehículos de movilidad personal. Según fuentes de Tráfico, este cambio se realizará a través de un real decreto que impediría que los patinetes eléctricos circulen por la acera, estableciendo una velocidad máxima de 25 kilómetros por hora.

Esta normativa de ámbito estatal -que podría ser adaptada y ampliada por los ayuntamientos-, no exigirá permisos de conducción a los usuarios, quienes sí deberán someterse a controles de alcoholemia y drogas como los conductores de vehículos a motor.

Mientras tanto, la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) recomienda a los ayuntamientos que establezcan la prioridad del peatón en el uso de las aceras de los patines y aboga por la utilización de otros espacios para aquellas maneras de desplazarse diferentes a la peatonal, entre ellas los vehículos de movilidad personal, como los patinetes eléctricos.

Por ello, defiende la utilización de otros espacios para aquellas maneras de desplazarse diferentes a la peatonal y asegura que las entidades locales están generando espacios más seguros, al disminuir la velocidad en el ámbito urbano, lo que permite la utilización de la bicicleta y de los vehículos de movilidad personal motorizados en los carriles de menor velocidad, compartiendo la calzada.

Las dos mayores ciudades españolas comparten esta idea. Así, la Ordenanza de Movilidad Sostenible del Ayuntamiento de Madrid prohíbe la circulación por las aceras de los patinetes eléctricos y del resto de vehículos de movilidad urbana, que es así como denomina a los VMP, y solo exige seguros de Responsabilidad Civil a los que sean de alquiler o se utilicen para la realización de actividades económicas (como pueden ser visitas turísticas). En esta misma línea se sitúa Barcelona, donde la exigencia de este seguro obligatorio ya se fijaba en la Ordenanza de Circulación de Peatones y Vehículos de 2017.

En todo caso, mientras se clarifica y define la situación, debería advertirse bien claramente a los dueños de este tipo de vehículos que, si no cuentan con una cobertura aseguradora, en caso de siniestro deberán responder directamente, con sus bienes y propiedades, presentes y futuros, de los daños ocasionados.



 
Artículos relacionados
Actualidad|
Cinco claves para planificar una estrategia de marketing de contenidos exitosa
El marketing de contenidos es ideal para generar confianza y engagement en los clientes potenciales, así como para atraer tráfico […]
Actualidad|
Los mejores CMS gratuitos para crear tu blog
Elegir el CMS adecuado puede facilitarte el trabajo cotidiano de gestión de los contenidos de tu blog. Descubre los pros […]
Actualidad|
Facebook Ads: 5 consejos para promocionar tu negocio
¿Estás pensando en promocionar tu negocio en Facebook? Descubre cómo poner en marcha una campaña exitosa en tan solo 5 […]