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¿Cuáles son las obligaciones del mediador de seguros?
¿Conoces las obligaciones de los agentes y corredores de seguros de cara a sus clientes? Te desvelamos las 7 condiciones que deben cumplir los mediadores para ejercer de manera legal.

En España, siete de cada diez personas tienen contratado algún seguro. El 60% de quienes contratan un seguro de coche u hogar, los dos ramos más comunes, lo hacen a través de mediadores de seguros, una actividad regulada por la ley. De hecho, tanto los agentes como los corredores de seguros tienen una serie de obligaciones de cara a sus clientes.

Siete obligaciones de los mediadores de seguros ante sus clientes

  1. Estar inscrito legalmente. Por ley, los mediadores de seguro deben tener capacidad legal para ejercer el comercio. Eso significa que, en el caso de los corredores de seguros, deben estar inscritos en la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones. Si se trata de personas jurídicas que ejercen como agentes de seguros, deben estar inscritas en el Registro Mercantil y sus estatutos deben prever la realización de actividades de mediación de seguros.

  2. Tener una formación profesional. A los agentes de seguros se les exige que hayan superado un curso de formación homologado por la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones o que hayan pasado una prueba de aptitud en materia financiera y de seguros privados que reúna los requisitos establecidos por esta entidad. En el caso de los corredores de seguros, deben contar con un diploma de Mediador de Seguros.

  3. Brindar información veraz y completa. Los mediadores de seguros tienen la obligación de brindar a sus clientes una información veraz y suficiente, lo mismo cuando brindan asesoramiento que cuando realizan una promoción, oferta y/o suscripción de una póliza. Eso también implica ofrecer los productos y coberturas que, según su juicio profesional, se adapten mejor a las necesidades de ese cliente.

  4. Proporcionar sus datos profesionales. Los mediadores de seguros, antes de suscribir cualquier contrato, deben facilitar a sus clientes su información profesional, lo cual incluye desde su identidad y dirección hasta su número de inscripción registral, dejando claro en todo momento su condición de mediador. De esta manera se brinda una especie de “garantía” al consumidor ya que este tiene todos los datos que necesita para iniciar un procedimiento de reclamación o presentar una queja. Si el mediador de seguros ejerce bajo la dirección de otro corredor, también debe informarlo.

  5. Comunicar cualquier tipo de cambio en el contrato. El mediador de seguros también tiene la obligación de comunicar cualquier tipo de cambio que se produzca en el contrato de seguro o cuando el mismo se prorrogue.

  6. Atender y resolver quejas y reclamaciones. Tanto las aseguradoras como los agentes y corredores de seguros tienen la obligación de atender y resolver las quejas y reclamaciones de los clientes relacionadas con sus derechos o intereses.

  7. Defender los derechos del cliente. Los mediadores de seguros tienen la obligación de velar por la validez, eficacia y plenitud de efectos del contrato de seguro que han firmado sus clientes. También deben asistir y asesorar tanto al tomador como al asegurado y los beneficiarios en caso de siniestro.


Fuente:

(2018, julio) Mercado de los seguros en España 2018. En: Fintonic.
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